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01-09-2009
NOTIFICACIONES POR CERTIFICADO ANTISINIESTRAL
La Policía está comunicándoles a los propietarios de los lugares que concentran gente que deben obtener para seguir funcionando el certificado antisiniestral definitivo.
La Policía Comunal está notificando a los propietarios de los lugares que concentran gente que deben obtener el certificado antisiniestral que extiende Bomberos de Junín para seguir desarrollando la actividad. Caso contrario van a ser inspeccionados con el acta correspondiente y se pueden exponer a recibir clausuras.

La comunicación apunta a los pubs, las confiterías, el boliche, los clubes, los centros de jubilados, la Cámara de Comercio y cualquier lugar o institución que organice una actividad que reúna gente.

Hace 15 días los Bomberos de Junín hicieron una serie de inspecciones para constatar cómo estaban los lugares que concentran gente. Fueron a cinco y todos tenían que solucionar cuestiones inherentes a la seguridad. Al que no le faltaba la luz de emergencia, un matafuego estaba si recarga, no tenía los vidrios protegidos o estaba funcionando sin el certificado antisiniestral.

Esas inspecciones no fueron sorpresivas ya que hacía un mes que la Policía Comunal les había comunicado a los dueños que iban a venir los efectivos de los Bomberos de la Policía de la provincia de Buenos Aires a controlar los lugares.

La normativa le exige el certificado antisiniestral a los lugares que funcionan como confiterías bailables, discotecas, discos, salas bailables, clubes, confiterías, bares, dancing, cabaret, boites y demás locales donde se realicen actividades similares tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuera su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, sean o no con fines de lucro, deberán cumplir con los requisitos de seguridad.

La autoridad de aplicación resulta la Dirección de Bomberos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, la que efectuará periódicamente el control del cumplimiento y/o mantenimiento de las medidas de seguridad antisiniestral, siendo además la autoridad de comprobación de las infracciones a las mismas.

La ley establece que los establecimientos indicados, deberán acreditar anualmente que cumplen con las medidas de seguridad antisiniestral, para lo cual deberán requerir nuevas inspecciones técnicas, contra las cuales se expedirá el correspondiente certificado de mantenimiento de las mismas.

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