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23-10-2008 |
LEY ANTITABACO BONAERENSE |
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Prohibe fumar en todos los espacios públicos y privados con excepciones. Permite la creación de lugares para no fumadores. |
La provincia de Buenos Aires cuenta desde anoche con una ley antitabaco que prohíbe fumar en todos los espacios del ámbito público y del sector privado. De todas maneras, la norma será flexible, ya que contempla excepciones y habilita, por caso, el consumo sin restricciones en bingos y casinos y autoriza la instalación de espacios para fumadores en bares y restaurantes, entre otros comercios.
La ley fue aprobada en la Cámara de Diputados con el voto de todos los bloques, menos el de la Coalición Cívica; mientras que en el Senado fue sancionada por unanimidad, aunque los legisladores de esa misma bancada plantearon objeciones a la existencia de espacios para fumadores.
El consumo de tabaco, según establece la ley, estará prohibido "en todos los espacios cerrados dependientes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos de la Constitución, entes descentralizados y autárquicos -tengan o no atención al público-, lugares de trabajo en general, los medios de transporte de pasajeros -cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial-, como así también en los espacios cerrados de acceso público del ámbito privado".
La prohibición no regirá, sin embargo, para "los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público. La ley prevé que también podrán habilitarse zonas para fumadores en espacios cerrados del ámbito privado (bares y restaurantes, entre otros), que deberán estar "debida y visiblemente señalizadas" y deberán estar "separadas físicamente del resto de las dependencias y completamente compartimentadas" y no podrán ser zonas de paso obligado para las personas no fumadoras, salvo que éstas sean empleados del comercio.
Los espacios para fumadores deberán ser inferiores al 30 por ciento de la superficie total destinada a clientes o visitantes del local y en las zonas habilitadas para consumir tabaco no se permitirá la presencia de menores de 18 años.
La ley aprobada anoche prohíbe la venta, promoción, exhibición, distribución y entrega gratuita de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años, ya sea para su consumo o el uso de terceros.
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