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22-10-2008
PRESUNTA INFRACCION
Se labró un acta por una fumigación y se inició un expediente en el Juzgado de Faltas por presunta infracción a la ordenanza 1690.
Un inspector municipal labró un acta ante la declaración de dos vecinos que testificaron que el campo lindero al barrio Fonavi y Obrero se habría hecho una fumigación con un mosquito sin respetar los límites y las condiciones climáticas para hacerla, como lo establece el artículo cuarto de la ordenanza 1690 de 2008.

La norma señala que no se pueden hacer fumigaciones a menos de mil metros de la zona urbana, sólo podrán hacerse aplicaciones terrestres cuando las condiciones climáticas y los factores eólicos no impliquen riesgos para la población. . Por lo que declararon los testigos habría estado un equipo trabajando en el campo a menor distancia de la que fija la ordenanza que fue votada por unanimidad en el Concejo.

La jueza de faltas inició un expediente caratulado como presunta infracción al artículo cuarto de la ordenanza 1690 en el que resolvió llevar a cabo determinadas medidas para constatar lo expresado por los vecinos.

La doctora Jorgelina Irurtia pidió al área de catastro de la Municipalidad que le informe quién es propietario del campo en cuestión, al Departamento de Bromatología le encomendó que envíe personal a hacer constataciones en el campo y solicite información meteorológica sobre las condiciones climática que imperaban en ese día y horario y a la policía que le remita denuncias o exposiciones sobre este hecho.

Hasta el momento sólo existe un acta de infracción que labró un inspector municipal y que originó el comienzo de un expediente caratulado como presunta infracción al artículo cuarto de la norma 169, que limita las fumigaciones cerca de la zona urbana con determinadas condiciones climáticas.
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