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23-09-2008
LA ORDENANZA DEL USO OBLIGATORIO DEL CASCO
Establece un curso de seguridad vial y hasta el secuestro del vehículo si no se circula con el casco.
El proyecto de ordenanza aprobado anoche por mayoría, ante la abstención del bloque radical, busca enfocar el uso obligatorio del casco desde otro eje. Lo que señala es la necesidad de celebrar un acuerdo social de cumplimiento de las normas de tránsito que incluya la participación de entidades intermedias, docentes, padres, alumnos y entidades intermedias; como lo refleja en el artículo primero.

En el segundo artículo expresa la necesidad de promover en los medios de comunicación locales campañas de concientización del uso del casco reglamentario para los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados.

La ordenanza establece que aquellos que circulen en los vehículos sin el casco obligatorio, ante la primera infracción, deberán concurrir a un curso de seguridad vial. Esta falta así sancionada no será tomada en consideración para determinar reincidencias y no constituirá antecedentes para el infractor.

A partir de la segunda infracción y habiendo cumplido con el curso de seguridad vial, el contraventor será juzgado de acuerdo a los previsto en el decreto provincial 40 de 2007. La ordenanza le otorga la potestad a la autoridad de aplicación de secuestrar el vehículo al momento de labrar el acta de infracción.

La restitución del vehículo se hará siempre que la persona cuente con el casco apto para asegurar que su circulación se hará de acuerdo a lo que establece el decreto vigente desde 2007.
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