| |
23-08-2008 |
EL USO OBLIGATORIO DEL CASCO |
|
Sería una de las medidas que piensa instrumentar el gobierno en materia de tránsito. |
El secretario de gobierno, Sebastián Daffocnhio, habló en los últimos días de nuevos proyectos y decretos que van a enviar al Concejo Deliberante, que tienen que ver en su mayoría con el tránsito. Al conocido decreto 560 que establece las multas dobles para los funcionarios que cometan una infracción del tránsito, se le sumaría la decisión de establecer como obligatorio el uso del casco.
La Ley Nacional de Seguridad Vial y Tránsito en uno de sus artículos establece que es obligatorio el uso del casco protector para los conductores de motocicletas y sus acompañantes. La norma 24.449 menciona que el casco debe estar normalizado y se descuenta que no se puede llevar en la mano como lo hacen algunos motociclistas en otras ciudades.
Hay un tipo de casco denominado urbano que tapa el pabellón auricular y tiene su respectivo fleje de ajuste y también existen los de ruta, cerrados completamente, que se ajustan a lo que se menciona en la Ley Nacional.
El empleo de casco resulta esencial a la ahora de prevenir lesiones en la cabeza porque un simple golpe puede resultar fatal. El casco no sólo es un deber legal, también tiene que ver con la protección de la vida de las personas ya que reduce en un 40 por ciento los riesgos de lesiones craneales en un accidente.
La implementación de esa medida iría acompañada de un estricto control en los caños de escape de las motos. La intención es que se circule con el caño de escape original o en su defecto con el que exige la ley para evitar los ruidos molestos, una problemática que también se escucha como queja de los vecinos.
|
|
|
|