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30-07-2010 |
SE PUEDE EXCLUIR UN CARGO |
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Los usuarios de Camuzzi pueden solicitar ante la distribuidora abonar su factura de gas excluyendo el cargo denominado: costo de gas importado. La empresa está obligada a cumplir con la sentencia judicial que existe. |
Los usuarios de Camuzzi Gas Pampeano pueden solicitar ante la distribuidora abonar su factura de gas excluyendo el cargo denominado “costo de gas importado”, dado que la Justicia consideró que los aumentos fueron de carácter impositivo y deben ser dictados por el Congreso, en vez de por el Poder Ejecutivo.
Continúa vigente la medida cautelar que resolvió que el ENARGAS debe instruir a las licenciatarias del servicio para que permitan que los usuarios afectados por el cargo tarifario puedan abonar las facturas excluyendo el mismo.
Se trata de la resolución que dictó el 10 de septiembre de 2009 la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
En caso de la falta de pago del referido cargo las empresas no podrán suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas. El fallo alcanza a todo el universo de usuarios y ha sido dictado en virtud de la representación de los derechos colectivos de los consumidores de este servicio público.
Tanto el ENARGAS como las empresas distribuidoras tienen que cumplir con las sentencias judiciales que son obligatorias y tienen que asegurar y facilitar el ejercicio de los derechos por parte de los ciudadanos.
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