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14-09-2010 |
EL DUEÑO DE GIU DEMANDO AL GOBIERNO |
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Lo hizo porque entiende que es víctima de una persecución arbitraria. A su vez pide que los controles sean iguales para todos los negocios del rubro. |
El dueño de bar y pizzería GIU, ubicado en calle 10 de Junio 159, demandó ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Mercedes a la Municipalidad de Alberti a fin que cese con la persecución arbitraria de la que es víctima. Esta información fue publicada en la edición digital de Bragado Virtual.
Según el comerciante, el accionar del Intendente Municipal Leonel Zacca es ilegal, al mandar a policías a labrar infracciones municipales en vez de hacerlo los inspectores de esa comuna, como también aplicar legislación local que no ha sido publicada en el Boletín Municipal y por tanto no es obligatoria.
Por otra parte, el empresario exige que los controles municipales se realicen en igualdad de condiciones a otros del mismo rubro, ya que GIU, sería el único varias veces infraccionado de esa ciudad.
El conflicto entre el gobierno y el propietario del bar se remonta al mes de marzo de este año cuando la Policía clausuró en forma preventiva el local GIU por violar la Ordenanza 965 y el Decreto 23 que establecen regulaciones para el funcionamiento de los lugares habilitados como bares con espectáculos.
La ordenanza 965 fija que este tipo de locales no están habilitados para realizar baile y el decreto establece el tope horario de las 3 de la mañana para los lugares nocturnos con espectáculos. De acuerdo al acta que hizo la Policía Comunal había en GIU gente bailando y el espectáculo musical duró más allá de lo que establece el decreto del intendente Municipal.
Por lo sucedido el dueño de GIU se presentó en el Concejo Deliberante para denunciar a la jueza Jorgelina Irurtia por “negligencia y dolo en el cumplimiento de sus funciones”. En el escrito el dueño del local argumentó que desde hace tiempo era víctima de tentativa de extorsión por parte del poder Ejecutivo Municipal, denunciando persecución “con infracciones basadas en legislación que no es obligatoria y también inconstitucional”.
Ante este planteo la jueza de Faltas consideró que la denuncia en su contra era insólita, improcedente e infundada, dejando constancia que la acusación que se le formuló careció de sustento. Una de las acusaciones que hace el denunciante está relacionada con la no publicación de la ordenanza 965 y el decreto 23 de 2010. La jueza explica en sus aclaraciones que para dictar sentencia le solicitó al Poder Ejecutivo que le informara de qué forma eran publicadas las ordenanzas a lo que recibió como respuesta que se encontraban en www.infopublicaalberti.com.ar y el decreto 23 había sido publicado en el diario Informe Especial.
A estas manifestaciones se sumó que hace 6 meses ante la presentación de un grupo de vecinos en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Mercedes se estableció una medida cautelar por la cual el Municipio debía controlar y fiscalizar que el local GIU funcione conforme a la actividad para la que fue habilitado y cumpla con la reglamentación vigente en cuanto a las obras de sonorización, nivel de decibeles y demás requisitos que hacen a la tolerancia normal de los ruidos molestos.
Otro capítulo se escribe de la situación entre uno de los propietarios del bar GIU y el gobierno con la última presentación que hizo el comerciante ante la Justicia.
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