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17-12-2014 |
REMATE DE LAS MOTOS |
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En 2012 el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza 1966 que reglamenta la retención y el secuestro de motovehículos, que podrán rematarse pasados 6 meses sin que su propietario los reclame. |
En la planta depuradora el Municipio va a realizar mañana a partir de las 10:00 a través de Dardo Cremonte un remate de bienes en desuso y de 49 motos secuestradas por personal policial y de tránsito, que se encuentran sin retirar y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza 1966.
La norma fue aprobada en la última sesión ordinaria del mes de agosto de 2012 del Concejo Deliberante. Esta iniciativa es para facultar al Departamento Ejecutivo para “la retención y secuestro de los vehículos automotores, ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados que circulen o se encuentren detenidos en la vía pública transgrediendo las normas de tránsito”.
Para la devolución de la unidad secuestrada, la ordenanza señala que “se deberá acreditar que la misma se encuentra debidamente inscripto ante el organismo competente, así como la legítima tenencia que detente aquella persona que pretenda su restitución”.
Esta iniciativa contempla el cobro de un gasto por estadía por la retención y el secuestro del vehículo, al igual que establece un costo por remolque. El arancel que se debe abonar por el traslado, en el caso de las motos es de 100 pesos, y la estadía por el tiempo que va a estar secuestrado. El caso de las motos, hasta 15 días el valor es de 100 pesos, de 15 a 30 días sería 200 pesos y más de 30 días son 400 pesos.
Los tres cargos que le corresponden a un infractor son: la contravención según la falta cometida, el traslado y la estadía o el depósito.
Asimismo el gobierno Municipal quiere desprenderse a través de una subasta de aquellos bienes que fueron secuestrados por causas contravencionales y abandonados por sus propietarios. En consecuencia, a través del bloque del Frente para la Victoria presentó el proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante que fue aprobado por unanimidad por el cuerpo deliberativo, y de esta forma lo habilitó a subastar bienes muebles a través del procedimiento establecido en la Ley Orgánica Municipal.
De acuerdo al proyecto aprobado el 27 de agosto de 2012 podrán subastarse “los bienes muebles registrables no reclamados en debida forma por sus titulares o legítimos tenedores durante el plazo de seis meses contados desde su ingreso a los depósitos municipales o de la Policía Comunal”.
Como lo establece el artículo sexto de la ordenanza 1966, la jueza de Faltas Jorgelina Irurtia publicó a través del boletín oficial el listado de vehículos secuestrados que se encuentran en el depósito Municipal o el de la Policía Comunal. El propietario tiene un plazo de seis meses para presentar la documentación, hacer el pago correspondiente y retirar el vehículo.
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