| |
11-09-2015 |
EMERGENCIA VIAL PARA LAS RUTAS 5 Y 7 |
|
Un legislador pide a través de dos proyectos de ley declarar la emergencia vial de las rutas 5 y 7 en todos sus recorridos por el transcurso de dos años. Para que se hagan trabajos que disminuyan la elevada tasa de accidentes. |
El diputado nacional del Frente Renovador, Alberto Asseff, presentó dos proyectos de ley que proponen declarar la emergencia vial de las rutas 5 y 7 en todos sus recorridos por el transcurso de dos años.
Se busca, de esta manera, el establecimiento de un programa específico que garantice la realización de diferentes trabajos viales que contribuyan a disminuir la elevada tasa de accidentes que registran ambos corredores, como respuestas a los reiterados reclamos de asociaciones de usuarios.
Según la redacción del proyecto, “la emergencia que se declara implicará, entre otras consecuencias, la obligación de los distintos organismos competentes en la materia de adoptar de manera coordinada medidas excepcionales, idóneas, indispensables y urgentes, tendientes a paliar y revertir el número de muertes por accidentes de tránsito en dicha jurisdicción”.
Para tal fin, se plantea la creación de dos programas nacionales. Uno lleva por nombre “Autovía Luján a Carlos Casares” -que contempla el subprograma “Mejoramiento Integral Ruta Nacional N° 5 Carlos Casares-Santa Rosa (La Pampa)”-; y el otro “Autovía Luján a Junín”, cuya meta apunta a “mejorar y potenciar las acciones de las entidades competentes para evitar o disminuir significativamente los accidentes viales y sus consecuencias fatales”.
En cuanto a las competencias de dichos programas se habla de “inversión en obras, señalización vertical y horizontal en pos de lograr seguridad vial; integración de sectores públicos y privados en la aplicación de medidas conducentes a disminuir la accidentología vial”.
Según cita el portal elcivismo.com, en el caso de la ruta 5, las cifras destinadas para llevar a la práctica la propuesta legislativa se establecen en los 800.000.000 de pesos anuales, de los cuales el 95 por ciento será destinado a la inversión de obras. Para la ruta 7, en cambio, el monto destinado al desarrollo del programa no podrá ser menor a los 400.000.000 pesos anuales.
Para los dos casos, la autoridad de aplicación de la ley será el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios por intermedio de la Dirección Nacional de Vialidad.
Como parte de los argumentos que acompañan al proyecto de ley que involucra a la ruta 5, se plantea que “es evidente que desde la construcción de la carretera en la década del 40 del siglo pasado, el parque automotor ha crecido geométricamente, y sin embargo entre Mercedes y Bragado es una ruta de dos manos, el estado de las banquinas no es el adecuado, ya que se hallan sin asfaltar y con notorios desniveles”.
|
|
|
|