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31-03-2016
RESPUESTAS SOBRE LOS PROYECTOS DE LOS TERRENOS
Sobre el lugar que se pretende afectar para hacer viviendas que figura como manzanas 18 y 19 y sobre la obligación de los propietarios de edificicar.
En la edición de Hora de Noticias de ayer al mediodía estuvo en el segmento de entrevistas el secretario Legal y Técnico de la Municipalidad, el doctor Daniel Palazzo. El abogado respondió por los terrenos que han despertado una gran controversia por su ubicación y por el destino que le quiere dar el Departamento Ejecutivo: la construcción de viviendas.

Sobre los argumentos que esgrime el gobierno para señalar que esos terrenos no pertenecen al parque, el funcionario señaló: “Nosotros nos apoyamos básicamente en la normativa vigente que hay en el Municipio y en todos los antecedentes documentales que hay en la Municipalidad. Esos terrenos forman parte de un núcleo de tierras que en el año 1975 fueron subdivididas a través de un plano en la intendencia del doctor Alfredo Cavagnaro, con el expreso destino de construir viviendas. Fue de la manzana 13 a la 19 y su uno hoy ingresa a la cartografía digital de ARBA se va a dar cuenta que las manzanas 18 y 19 no pertenecen al Parque Municipal. Hay una ordenanza que es la 84 del año 1980 que establece el ordenamiento territorial de Alberti, no incluye dentro del parque a las manzanas 18 y 19. No hay una cuestión legal, porque está todo muy claro. Nosotros además hicimos una consulta al Tribunal de Cuentas que ratificó nuestra postura. Esto es algo concreto y objetivo, no puede haber lugar a discusión. No he escuchado ninguna argumentación que pueda contrarrestar esta posición. Porque de la misma manera se podría incluir a la manzana 17 en la que hoy hay construidas 16 viviendas. Desde el uso diario que le da la gente tampoco es parque, no utiliza este lugar como parque público”.

¿Qué le dice a aquellos que vemos en ese lugar al parque nuevo como se lo denomina?

- Con ese criterio deberían haberse considerado las manzanas donde hoy hay viviendas, gracias a la utilización de esos terrenos hoy hay más de 40 familias que tienen su casa. Por supuesto que si se ven los árboles que hay que sacar, tampoco es de nuestro gusto, pero la ordenanza prevé que sean transplantados o que se coloquen otras especies arbóreas. Lo que decimos, que la perspectiva del Estado no se puede bazar en la añoranza si no hay un sustento legal. Si tenemos en cuenta lo que hizo el radicalismo cuando dictó la ordenanza 193, hay que considerar que en ningún momento lo incorporó como parque, sino que consideró este espacio como lugar para hacer viviendas.

Otros de los debates que se dieron en los últimos días, apunta a un proyecto del Departamento Ejecutivo que pretende que los propietarios de los terrenos baldíos hagan una edificación en determinado plazo. ¿El Municipio va a expropiar esos terrenos?

-No, definitivamente no, hay un papel que circula y que pasaron por debajo de las puertas con una información que es falsa. Se está tratando de confundir a la gente. Esto se enmarca dentro de una política de gobierno que Germán (Lago) explicitó en la campaña que es que el Estado tiene que tener una participación en el mercado inmobiliario y en la generación de lotes para que la gente construya su vivienda. Esto reconocido por el propio Concejo Deliberante que estableció la emergencia habitacional. Por eso se busca establecer todas aquellas herramientas que jueguen para que se logre ese objetivo. Hoy tenemos que los valores de los terrenos son exorbitantes por la escasez de oferta, por eso hay que utilizar varias herramientas para incrementar la oferta. Nosotros lo que decimos es que los terrenos de la planta urbana tienen que tener un destino de construcción, damos un plazo de 4 años para que se haga la construcción y la sanción a ese incumplimiento es un incremento en la tasa urbana (ABL) que será de un 10 por ciento, después un 20 y hasta llegar al 50 por ciento. En 9 años si no cumple va a pagar un 50 por ciento más. En la ordenanza hay excepciones, por ejemplo las personas que tienen un sólo lote no están alcanzadas. Inclusive esta ordenanza está para ser tratada en el Concejo Deliberante, a la que se le puede hacer modificaciones.

¿Qué pasa después de los 9 años?

- Ese lote podría quedar sujeto a expropiación si hay una ordenanza del Concejo Deliberante que así lo establezca. Esta ordenanza no establece ninguna expropiación. Esta herramienta que se está utilizando figura en una Ley Provincial que es la del acceso al habitad a la que adhirió por unanimidad el Concejo Deliberante de Alberti con su actual composición.
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