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09-06-2016
OCEBA ORDENA REFACTURAR BOLETAS DE LA LUZ
La medida fue resuelta luego de que la Justicia Contenciosa Administrativa suspendiera el mes pasado el incremento del 140 % para el servicio.
El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) ordenó a las empresas que refacturen el consumo del mes pasado con el cuadro tarifario anterior y no con el último incremento.

La medida del OCEBA fue resuelta luego de que la Justicia Contenciosa Administrativa platense suspendiera el mes pasado el aumento promedio del 140 % para el servicio que brindan las empresas EDELAP, EDES, EDEA, EDEN y las cooperativas.

Según la resolución, en el plazo de tres días de la notificación las empresas mencionadas deberán “ajustar su facturación a los valores vigentes”, retrotrayendo la suba y cobrando a los usuarios la tarifa anterior al aumento, según informó la agencia DyN.

Asimismo la medida del organismo establece que en caso de incumplimiento se multará a las empresas con “30 mil pesos diarios, en beneficio de los usuarios, y sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan para el caso de desobediencia de la orden judicial”.

Finalmente, suspende “el vencimiento de la facturación ya emitida a los usuarios por las distribuidoras del servicio de energía eléctrica, hasta tanto se emita la nueva facturación conforme a lo dispuesto en el punto anterior, sin que ello implique la interrupción del servicio o la alteración de la prestación”.

El fallo que frenó el tarifazo fue dispuesto el 31 de mayo por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de esta capital, Luis Arias, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por la asociación civil “Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ)”.

En el recurso los demandantes solicitaron la suspensión de la resolución Nº22/16 del Ministerio de Infraestructura provincial que habilitó incrementos para el servicio que brindan las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica) y EDEN (norte de la provincia).

En su resolución, Arias consideró que “se advierte una lesión a los derechos de los usuarios“, ya que “previo a la entrada en vigencia de un nuevo régimen tarifario para un servicio público esencial y monopólico como el de autos, se requiere insoslayablemente la realización de una audiencia pública”.

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