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13-08-2016
UN PROYECTO ACHICA LA DISTANCIA DE FUMIGACIÓN
En el diario Página 12 se publicó un artículo en el que se cita el fallo que involucra a Alberti. Un proyecto de ley que ya tiene media sanción achica las distancias.
La Cámara de Senadores de Buenos Aires dio media sanción a un proyecto de ley que permite fumigar con el cuestionado herbicida glifosato hasta sólo diez metros de las viviendas, reduce al mínimo las distancias de utilización de agroquímicos, desoye fallos judiciales y no se basa en ninguna evidencia científica para establecer las distancias. Organizaciones sociales y asambleas de pueblos fumigados denuncian la inconstitucionalidad del proyecto y afirman que el gobierno provincial privilegió a las empresas del sector, nucleadas en la Asociación de Productores de Siembra Directa (Aapresid) y la Cámara de empresas de agroquímicos (Casafe) por sobre la población.

El ministro de Agroindustria de Buenos Aires y ex gerente de Monsanto, Leonardo Sarquís, lo anunció a días de asumir: trabajaban en una nueva ley provincial de agroquímicos. El 6 de julio, y sin discusión mediante, el Senado bonaerense dio media sanción a una ley en línea con los pedidos empresarios: “Se prohíbe toda aplicación utilizando la técnica terrestre de todos los productos fitosanitarios, fertilizantes y otros plaguicidas comprendidos en las clases III y IV, la cual está delimitada por diez metros contados desde el límite de la zona urbana”.

Entre los productos que podrán fumigarse hasta pasos de las viviendas están el herbicida glifosato (categorizado por el IARC como “probable cancerígeno”, ubicado en el segundo escalón de peligrosidad en una escala de 1 a 5), atrazina (su principal comercializadora es la multinacional Syngenta), clorpirifos y el también cuestionado herbicida 2,4-D.

El Senasa clasifica los químicos en cinco categorías: IA (sumamente peligroso, muy tóxico, banda roja), IB (sumamente peligroso, tóxico, banda roja), II (moderadamente peligroso, banda amarilla), III (poco peligroso, banda azul) y IV (normalmente no ofrece peligro, banda verde).

La clasificación es muy cuestionada a nivel nacional e internacional porque está realizada en base a estudios de las propias empresas que comercializan los venenos y porque solo considera la toxicidad aguda (producida en el momento de la manipulación) y deja de lado la afectación crónica (por largos periodos de tiempos, por ejemplo no contempla a las familias expuestas a continuas fumigaciones, donde los químicos son más nocivos).

En el proyecto se mencionan prohibiciones o “zonas de exclusión”. Fija distancias de 500 metros para fumigaciones aéreas y las reduce a 100 metros (para productos de clase IA, IB y II) y diez metros para las categorías III y IV. “Es una burla. Los más usados hoy están en las categorías III y IV, sobre ellos hay numerosos estudios científicos que tienen efectos crónicos que afectan la salud pero igual te lo echarán hasta la puerta de tu casa”, alertó Arisnabarreta.

La Corte Suprema de Buenos Aires falló en 2012 y prohibió fumigar a menos de 1000 metros de las viviendas. Fue una sentencia que protegió a María Cristina Monsalvo y Víctor Fernández (de la localidad de Alberti), que sufrían las aspersiones con glifosato, atrazina y cirpermetrina de un campo de soja vecino. El máximo tribunal de Buenos Aires citó el principio precautorio vigente en la ley: ante la posibilidad de perjuicio ambiental es necesario tomar medidas protectoras.

Fuente: Diario Página 12
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