| |
30-04-2018 |
EL DECRETO QUE RESPALDA LA EMERGENCIA POR SEQUÍA |
|
Tras la resolución de la CEDABA, el gobierno de la provincia de Buenos Aires emitió el decreto para que los productores presenten las declaraciones juradas. |
El decreto 383 que firmó la gobernadora María Eugenia Vidal establece la Declaración de Emergencia y Desastre Agropecuario para las explotaciones rurales afectadas por sequía de los partidos de Alberti, Bolívar, Bragado, Coronel Suárez, Daireaux, Exaltación de la Cruz, General Alvear, General Lamadrid, Guaminí, Navarro, 9 de julio, Olavarría, Saavedra, Saladillo, Tornquist y 25 de Mayo.
La Emergencia o el Desastre se establecen en el período comprendido entre el 2 de enero y el 30 de abril de 2018. A partir de que esta resolución se publica en el Boletín Oficial, los productores tienen un plazo de 10 días para presentar las declaraciones juradas.
La resolución alcanza sólo a los productores en cuyos establecimientos desarrolle explotación agropecuaria, quienes gozarán de beneficios respecto del pago del Impuesto Inmobiliario Rural. De la misma manera el Banco de Provincia de Buenos Aires interviene en función de los compromisos crediticios que hayan contraído los productores afectados por la sequía.
Las solicitudes de los afectados se retiran en la sede Productores Rurales y la secretaría de Producción, luego se cargan a través de la oficina de Rentas de la Municipalidad en el Ministerio de Asuntos Agrarios. Se emite una constancia provisoria hasta que sea evaluada la solicitud, porque si la parcela está afectada por la sequía entre un 50 y un 79 por ciento se considera emergencia, si es más de 80 por ciento se transforma en desastre.
|
|
|
|