Cerrar

21-12-2018
EL CÓDIGO DE NOCTURNIDAD
La semana próxima el Concejo Deliberante aprobaría el Código de Nocturnidad con el voto de todos los concejales. A lo que sumaría un proyecto de resolución para que las ciudades puedan regular su nocturnidad.
De acuerdo a la fuentes que consultó este medio, el Concejo Deliberante va a aprobar el viernes 28 de diciembre, en la última sesión de prórroga del año, el proyecto de ordenanza que establece el Código de Nocturnidad.

Lo que hasta el momento no se conoció fue la redacción final del proyecto, considerando que hubo uno original y luego se realizaron las audiencias públicas donde se le dio participación a la gente para debatir sobre la nocturnidad.

De todo lo actuado en las cinco Audiencias Públicas se labró un Acta con la intervención de los moderadores y un representante de cada Bloque de Concejales del Honorable Concejo Deliberante de Alberti. Dentro del plazo de treinta días corridos de haber recibido el acta, el Honorable Concejo Deliberante tenía que dictar la normativa sobre la nocturnidad.

La aprobación del Código de Nocturnidad implica que también se vote de manera unánime un proyecto de resolución para solicitarle a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires modifique el artículo 9° de la Ley 14.050, permitiendo a los municipios de hasta treinta mil (30.000) habitantes, que asuman la potestad legislativa de regular, a través de sus concejos deliberantes, sobre otros límites etarios, conforme a su realidad socio-demográfica y cultural. Estableciendo como límite de tal atribución legislativa, la prohibición de ingreso a los menores de 14 años a los locales e instalaciones bailables, cualquiera sea su denominación y se realicen actividades similares.
Buscar:
Aumentar / Reducir Fuente
Imprimir
Enviar a un amigo