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01-10-2020 |
ACTIVIDADES DE FASE 5 PERMITIDAS EN LA FASE 4 |
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Las autorizaciones se extendieron con ciertas restricciones. Están vigentes desde el lunes pasado. |
Durante esta semana se ha dispuesto la rehabilitación y adecuación de actividades y servicios que estaban suspendidos. Muchas de las autorizaciones que se dieron con ciertas restricciones, corresponden a la Fase 5 a pesar de que Alberti está en Fase 4.
Lo único no habilitado son las reuniones sociales de hasta de 10 personas en espacios públicos y las obras privadas de ampliación o remodelación en viviendas habitadas.
Lo que se autorizó es lo siguiente:
• Apertura de locales gastronómicos con atención al público. Al efecto se reducirá su capacidad interna, permitiéndose la utilización del espacio público. El horario de atención será de lunes a viernes de 7 a 20 horas y los sábados y domingos hasta las 24 horas.
• Realización de actividades deportivas en gimnasios habilitados. Con reducción de la actividad interna y la posibilidad de ser ejercida al aire libre.
• Realización de actividades deportivas de Paddle, Pelota a Paleta y Squash, Motocross, Cuatriciclos y Karting.
• Realización de Actividades culturales consistente en transmisión remota y grabación de shows.
• Realización de obras privadas por trabajadores de otros distritos. Al efecto deberán previamente solicitar autorización ante la Secretaría de Obras Públicas, mediante comunicación vía wapsapp al cel. 2346-589903.
-Se autoriza la realización de obras de infraestructura nuevas, con presencia de personal de sólo un oficio de manera simultánea y no más de tres trabajadores, así como aquellas que se vinculen con necesidades esenciales ante emergencias.
-Respecto del Personal auxiliar de servicio doméstico en casas particulares, se mantiene la autorización de prestación de tareas en un domicilio por día y la labor de aquellas trabajadoras y trabajadores que presten asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, tales como adultos mayores y menores cuyos adultos responsables trabajen.
-Las salidas de esparcimiento y recreativas con distanciamiento social admitidas (caminatas, bicicleta, trote) podrán ejercerse en el horario de 7 a 20 horas.
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