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20-10-2021
24 DÍAS PARA LAS ELECCIONES GENERALES
No pueden realizarse actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio, tal y como establece el Código Electoral Nacional.
Desde este miércoles rige en el país “la prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio”, de acuerdo a lo que establece el cronograma electoral de los comicios legislativos que tendrán lugar el 14 de noviembre.

Así se cumple con lo que establece el Código Electoral Nacional en su artículo 64, donde señala que los actos públicos como puede ser, por ejemplo, la inauguración de obras con discursos y mensajes proselitistas deben cesar 25 días antes de los comicios generales.

En tanto, el sábado 30 de octubre deberán estar disponibles las mesas y lugares de votación para que puedan ser consultados por los ciudadanos habilitados para sufragar, y en la misma fecha deberá precederse a la destrucción de los documentos de las personas fallecidas.

El 6 de noviembre, empezará la prohibición de publicar o difundir encuestas o sondeos de opinión y pronósticos sobre los posibles resultados de las elecciones y el 12 de noviembre, a las 8 de la mañana, concluye oficialmente la campaña electoral y empieza la veda, hasta el día de los comicios.
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