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22-03-2022
LA PELIGROSA MODA DEL ESCRACHE
Una nueva nota de opinión de Emanuel Bibini analizando los escraches que se hacen en las redes sociales y sus consecuencias.
Para vivir en una sociedad libre y sin miedo es necesaria, entre otras muchas cosas, la presunción de inocencia como pilar del derecho. Un cuerpo social en el que por ser de determinada condición en la cual uno ni siquiera tuvo la potestad de elegir —en los casos que voy a mencionar: hombre— se puede ser acusado y juzgado sin pruebas, nos remite directamente a otras épocas de nuestra sociedad que dijimos haber dejado de lado para no volver a vivirlas Nunca Más. En la última dictadura cívico-militar argentina, ser sospechado acaso de subversivo o izquierdista podía traer aparejada la muerte. Sin juicio previo ni garantías, no había forma de defenderse a través del derecho. En ese caso, obviamente no se trataba de una cuestión de sexos. Bastaba ser sospechado de comunista para ser torturado inmisericordemente y asesinado.

Es menester e imperioso entonces preguntarse bajo qué punto de vista, en una sociedad que se precia de democrática y pluralista, y respetuosa de los derechos humanos, se puede aceptar la arbitrariedad y la condena verbal per se. ¿Por qué una nación que se jacta de tolerante está llena de prejuicios e injusticias que poca gente denuncia?, ¿por qué importarían más las vidas de algunos seres humanos que las de otros?

¿Cualquier persona acusada de robo sería detenida por la mera acusación?, y, en caso de que no fuera detenida, si no se puede probar que robó ¿no le corresponde tomar acciones legales contra quien la acusa?, esto es igual respecto de cualquier tipo de delito.

Juan Bautista Alberdi escribió: “Si se admite el derecho de excluir al malo, viene en seguida la exclusión al bueno”. Si bien el asunto de “buenos y malos”, como lo escribe Alberdi, puede ser controversial, porque la sociedad no determina quién es bueno o malo, ni la justicia juzga eso, sino la comisión o no de algún delito. Es decir, no se condena a la gente por ser buena o mala, sino en relación con la violación a determinadas normas.

¿Qué tal si hablamos entonces, de inocentes o culpables? ¿No es, acaso, lo que está sucediendo en nuestro país?, cuando una ministra da a entender públicamente que todos los hombres son, por ejemplo, potenciales violadores, ¿no se cae en el peligro de la generalización extremista?, ¿conviene generalizar para llegar a la verdad de las cosas?

Evidentemente, si queremos ser rigurosos, la generalización no debería ser aceptada.

En los últimos tiempos, con la masificación de la información —rigurosa, y verosímil, o mentirosa y engañosa— a través de las redes sociales, se vio y ve un fenómeno que parece no detenerse: los escraches. Principalmente los mismos recaen sobre hombres, acusados de delitos contra la mujer. Esta práctica acarrea un peligro enorme, y viola sistemáticamente varios de los derechos humanos fundamentales expuestos y tipificados en el derecho positivo, algunos de los cuales mencionaré más adelante.

Para explicar el fenómeno del que estamos hablando, y el peligro que conlleva, podríamos hacer una introducción sobre su metodología. Pongamos el ejemplo de Instagram, la red social más utilizada por los jóvenes en este momento.

Una joven coloca en su historia la foto de un hombre, acusándolo de cualquier cosa (sea cierta o no, sea comprobable o no, haya una denuncia oficializada en la justicia o no), a menudo etiquetándolo para que el resto pueda acceder a su cuenta y conocer su identidad. El resto, o sea sus contactos, toman la misma foto, comparten, difunden, y, de alguna manera “condenan” a la persona socialmente, en una suerte de hoguera virtual, un tipo de justicia por mano propia. Dando por cierto las acusaciones. Lo cual no debe de ninguna manera determinar la opinión pública.

El asunto es que se daña la imagen de las personas, que son juzgadas por los “tribunales” impiadosos de las redes sociales, y, la mayoría de las veces sin tener certeza alguna respecto de las tales acusaciones.

Encontré dos casos —de los cuales los medios se hicieron eco, aunque poco— de jóvenes que se suicidaron luego de haber sido escrachados, omitiré los nombres. Respecto de uno de ellos, de 18 años, la misma jovencita que lo había acusado luego aclaró que no era cierto lo que había dicho, y que lo hizo por estar enojada con el joven que, dicho sea de paso, era su amigo.

¿Qué pasa con estas víctimas de las que nadie dice nada?, ¿no hay responsabilidad de parte de los colectivos que instan a ejercer este tipo de escrache persecutorio, que puede arruinar la vida de la gente, terminando a veces en un desenlace trágico?, en una cuenta de Twitter, una persona decía respecto del joven de 18 años que se suicidó, mencionado más arriba:

“Si para atrapar a más violadores tenemos que cargarnos a unos cuantos “inocentes” (importando un bledo las consecuencias para el pibe) pues lo hacemos y listo. Es un precio que se debe pagar”.

“Es que es así, el fin justifica los medios. Si para capturar a miles de violadores tenemos que escrachar a unos cuantos pibes “inocentes” (aún si se suicidaran) pues es un precio a pagar. Se sacrifica una vida para salvar muchas, muchas, las cuales, son más valiosas”.

Nótese el nivel de fundamentalismo y desprecio por la vida humana que detentan estas personas radicalizadas.

La Constitución Nacional es bastante clara con respecto a los asuntos del respeto a la imagen, y de las garantías de proceso que debe tener un acusado —en la justicia, no en las redes—: Artículo 18: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo…”. Luego, también, el Pacto de San José de Costa Rica, que tiene rango constitucional por el Art. 75, inc. 22 CN, dice: Artículo 11, inc. 1: “Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad”.

2: “Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación”. Nótense las palabras: honra, y reputación. Que me parecen importantes a destacar en este caso.

Por otra parte, el Código Civil y Comercial de la Nación, también recepta estas cuestiones, en la sección de los derechos personalísimos. El artículo 51 de dicho cuerpo legal reza: “Inviolabilidad de la persona humana. La persona humana es inviolable y en cualquier circunstancia tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad”. Art 52: “La persona humana lesionada en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo resulte menoscabada en su dignidad personal, puede reclamar la prevención y reparación de los daños sufridos, conforme a lo dispuesto en el Libro Tercero, Título V, Capítulo 1”. Por otra parte, el artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice que toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad. Mientras su artículo 12 afirma: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

No pretendo abrumar con las cuestiones que hacen a normas legales. Mas sí me parece interesante una reflexión respecto de esto que se presenta como una “moda” pero que conlleva un peligro verdaderamente grave, a mi juicio, para las vidas de las personas.

Es muy serio acusar a alguien de un delito, y no es algo que deba hacerse a través de las redes sociales, como ya mencioné, sino en la justicia. Y, es verdaderamente irresponsable difundir esos escraches, bajo la premisa de que sí o sí hay que darlos por ciertos. Vale recordar que detrás de esas personas acusadas hay madres, hermanas, novias, abuelas, etc., que tendrán que sufrir que se deshonre de esa manera su familia por acusaciones muchas veces falsas. Y, en casos más extremos, hay personas que murieron a causa de esto. Por tanto, considero que es una práctica peligrosa que el Estado debería desalentar en lugar de fomentar. Pues hay vidas en juego.
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