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31-03-2012
VENTA Y DISTRIBUCION DE BEBIDAS
Apuntan a que los negocios cuenten con la habilitación para el expendio de bebidas alcohólicas. Los distribuidores deben entregarlas a los que tengan el REBA.
La Municipalidad informó a través de su sitio en Internet que la encargada del Registro Provincial de Comercialización de Bebidas Alcohólicas (REBA) y el sistema de licencias, Claudia San José, está llevando a cabo la regulación de expendio y de distribución de bebidas alcohólicas, que alcanza tanto a los comerciantes minoristas como a los distribuidores de bebidas alcohólicas. Estos últimos no pueden dejar mercadería en comercios que no exhiban su licencia.

La regulación alcanza a todos los comercios que, según la Ley Provincial 13.178, pueden registrarse para vender alcohol, tales como almacenes, supermercados, hipermercados, locales gastronómicos (restaurantes, deliverys, casas de comidas y rotiserías) bares, discotecas y pubs.

Sólo excluye a los kioscos y las estaciones de servicios -como también lo hacía la ley 11.825 - que no pueden aspirar a esa habilitación.

También están convocando a los comerciantes para la renovación de la licencia, y en el caso de no tenerla para tramitarla, para lo que se requiere: la fotocopia de la primera y segunda hoja del D.N.I del titular de la habilitación del local, constancia de la inscripción en la AFIP, y la fotocopia de la habilitación definitiva.

El control del expendio de bebidas en Alberti será regulado con personal policial, y el principal objetivo es que los comerciantes cumplan con la prohibición de vender alcohol a los menores de 18 años; y en cuanto al funcionamiento de la Cabina Sanitaria, los distribuidores deberán demostrar que Alberti están dentro de la zona en la que pueden ingresar a vender bebidas.

Aquel comercio que no presente la licencia, recibirá multas que oscilan entre los mil y cien mil pesos y la clausura de cien a ciento ochenta días; en el caso de que un distribuidor provea de alcohol a un comerciante que no cuenta con la licencia actualizada, recibirá una sanción de clausura (hasta 180 días) y contravenciones cuyas sumas llegan hasta los 500 mil pesos.
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