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02-06-2012
LEYENDA DE SAL
Los bares y restaurantes de la provincia de Buenos Aires deben incluir en sus cartas de menú una leyenda que advierta sobre los daños a la salud que ocasiona el exceso de sal y tendrán que poner a disposición de los clientes sal dietética con bajo contenido de sodio.

Así lo establece la ley 14.349 sancionada a fines de noviembre último, que obliga a los establecimientos gastronómicos a alertar en sus menúes que el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud, debiendo ofrecer una sal light.

El incumplimiento de esta medida derivará en multas que van desde 300 a 5.000 pesos, previa advertencia de la autoridad de aplicación, y la inhabilitación del establecimiento hasta 180 días en caso de reincidencia.

La ley precisa que debe entenderse por "sal dietética con bajo contenido en sodio, las mezclas salinas que por su sabor (sin aditivos aromatizantes) sean semejantes a la sal de mesa (cloruro de sodio) y que no contengan cantidad superior a 120 miligramos de sodio por 100 gramos de producto", según detalla el artículo 4 de la norma.

Para sancionar tal ley, se tuvo en cuenta los casos crecientes de hipertensión que, según la Organización Panamericana de la Salud, es el factor de riesgo principal de ciertas enfermedades crónicas, causando cardiopatía, accidentes cerebrovasculares y enfermedades renales.

Los legisladores consideraron que la necesidad de implementar la leyenda que indica que el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud, radica en la importancia de generar cierto impacto en los consumidores y de crear una conciencia colectiva acerca de los riesgos de consumir sodio en exceso.
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