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27-11-2012
DECRETO POR LAS FUMIGACIONES
Un diario digital de Olavarría señala que el gobernador Scioli firmaría una modificación a la ley estableciendo 500 metros de distancia de la zona urbana para aplicaciones terrestres.
El gobernador Daniel Scioli tendrá a su firma, a partir de diciembre, un decreto que prohíbe la aplicación terrestre de agroquímicos en un área inferior a 500 metros desde las zonas urbanas de la provincia y que se ampliará a los 2 mil metros en el caso de las fumigaciones aéreas.

El decreto modificará la reglamentación de la Ley de Agroquímicos 10.699, que está en vigencia desde 1991 y quedó obsoleta porque fue elaborada antes de la introducción de los nuevos agroquímicos y herbicidas -que acompañaron la masificación de los cultivos transgénicos- y de la proliferación de las modernas maquinarias agrícolas.

Se trata de un nuevo marco regulatorio para la aplicación de agroquímicos que busca ordenar y establecer pautas homogéneas básicas para todos los municipios bonaerenses. Siendo que éstos fueron avanzando con sus propias ordenanzas municipales buscando minimizar riesgos para la salud de la población y el ambiente.

Así, hay alrededor de 70 municipios que ya generaron sus propias normativas o están trabajando en ellas. "Las diferencias entre las normativas locales generan desfasajes y distorsiones. Hay campos sobre dos distritos que tienen una norma de un lado y otros parámetros del otro lado de la calle" indicó a DIB el jefe de Gabinete del Ministerio de Asuntos Agrarios bonaerense, Juan Ángel Cruz.

Agregó que, una vez en vigencia el nuevo decreto provincial, cada municipio podrá mantener sus ordenanzas siempre que sean tan o más estrictas que aquél. De ese modo, la ordenanza del municipio de Alberti, que establece la prohibición de fumigar a menos de mil metros del fin del ejido urbano seguirá en vigencia, mientras la normativa recientemente sancionada en el partido de Saavedra que permite la aplicación terrestre de agroquímicos de baja toxicidad a una distancia no inferior a los 150 metros desde las poblaciones- deberá readecuarse a los parámetros más estrictos del decreto provincial.

"En la reglamentación de la Ley de Agroquímicos no estaba definido qué se tomaba como límite de poblado y, por eso, el aplicador y el productor que lo contrataba podían quedar expuestos a una situación irregular. Estas nuevas modificaciones a la reglamentación plantean los límites de la zona urbana a partir de la ley de uso de suelos de los propios municipios", explicó Cruz.

Así, se define un "área complementaria" entre la zona urbana y la zona rural donde se ubican generalmente quintas y otros terrenos loteados- dentro de la cual quedará restringido el uso de agroquímicos.

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