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14-03-2013 |
SANCION POR LA FUMIGACION AEREA |
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Para la jefa de Bromatología cabe una sanción por la fumigación área que se hizo en un campo próximo a la zona urbana. |
La presencia la semana pasada de un avión haciendo una fumigación aérea muy próxima a la zona urbana alertó a los vecinos. Los que lo vieron coinciden en señalar que estaba haciendo aplicaciones en un campo que no dista mucho más allá de los 1.000 metros de la planta urbana, cuando en realidad la ley y la ordenanza vigentes establecen una distancia no menor a los 2.000 metros.
En la conferencia de prensa sobre fumigaciones, la jefa de Bromatología María Zunino habló de las actuaciones que se hicieron en función de este episodio. “Se determinó la presencia de esa avión fumigador excediendo el límite permitido. De manera inmediata se enviaron las actuaciones, elevé mi declaración testimonial que hice en la comisaría al director de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Asuntos Agrarios, Luis Herrera, al igual que todas las actuaciones policiales”.
La funcionaria sostuvo que “a nuestro criterio y al del Ministerio corresponde una infracción, se está trabajando en este tema porque se violó una ley provincial; también la comisaría tiene su expediente”.
Si se comprueba que el avión estaba haciendo aplicaciones a menos de 2.000 metros de la zona urbana, también se infringió una ordenanza Municipal. En la sesión ordinaria del 26 de mayo de 2008 se aprobó por unanimidad un proyecto para crear una zona ecológica con la intención de regular las fumigaciones aéreas. El proyecto de ordenanza determina en un capítulo una zona ecológica protegida. Esto significa que entre el núcleo poblacional y la zona de fumigación deberá existir una distancia de 2.000 metros, espacio en el que no se podrán llevar a cabo aplicaciones áreas de agroquímicos. Esta norma se ajusta a lo que estable la ley de agroquímicos.
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