| |
22-03-2013 |
LOS AGROQUIMICOS RELACIONADOS CON EL AGUA |
|
Piden que el tema de las fumigaciones cerca de la planta urbana sea incorporado a la causa por el agua potable. |
El Centro de Estudios Legales del Medio Ambiente patrocinado por los abogados Fabricio Fernández Urricelqui (Abogadp UNLP), Fernando Cabaleiro (Abogado UBA)y Juan Ignacio Pereyra (Abogado UNLP) informó que en función de lo sucedido con las aplicaciones de agroquímicos en las adyacencias urbanas de Alberti, decidió como estrategia que “la problemática se inserte en la mega causa judicial por el agua potable que tramita en el departamento Judicial de Mercedes que comprende el reclamo de vecinos y usuarios de las localidades bonaerenses de Bragado, 9 de Julio, Chivilcoy y Alberti para que se garantice un servicio optimo de agua potable de red domiciliaria”.
En una presentación efectuada por el CELMA se solicita “a la justicia que ordene a la Municipalidad de Alberti a que se abstenga de emitir autorizaciones administrativas a terceros para la aplicación de agroquímicos a una distancia inferior a los 1000 metros de los pozos de extracción de agua subterránea, que sirven al servicio de red domiciliaria de agua potable que presta el propio Municipio, los cuales, en su totalidad se encuentran dentro de la zona ecológica protegida creada por la ordenanza 1690/08”.
En función de los antecedentes el CELMA expone que “la municipalidad de Alberti en el año 2010 había sido demandada conn el fin de que realice las obras necesarias y conducentes para garantizar la potabilidad del agua conforme los valores guías de la OMS”.
Asimismo el CELMA expone que “el municipio antes de otorgar la autorización para aplicar agroquímicos dentro de la zona ecológica protegida debe exigir al peticionante la presentación de estudios ambientales que acredite la inocuidad de la actividad y someter a audiencia pública dichos estudios. Pasos que el Municipio ha ignorado abiertamente en todas las autorizaciones otorgadas”.
|
|
|
|