| |
26-03-2013 |
AUMENTO DEL ABL |
|
La tasa de alumbrado, barrido y limpieza tendrá un incremento del 30 por ciento. Los contribuyentes van a pagarlo en el mes de mayo pero es retroactivo a enero. |
En el mes de mayo los contribuyentes van a recibir las facturas de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza con el aumento del 30 por ciento previsto en la nueva Ordenanza Impositiva. Como ya pagaron dos cuotas del ABL y el incremento es retroactivo, el Municipio debe definir cómo cobra esa diferencia. Todo indica que la va a aplicar prorrateada en el resto de las cuotas.
Para desglosar el aumento, vale mencionar que para aquellos contribuyentes que pagan el alumbrado público fuera de la facturación de EDEN el incremento es la diferencia entre 2,620 pesos a 3,41 pesos que es lo que van a pasar a pagar por bimestre.
En lo que respecta al riego el valor bimestral cambia de 1,738 pesos a 2,26 pesos, por conservación de calles aquellos que viven en calle de tierra urbana deberán abonar 0,81 pesos (antes 0,621), en calle de tierra suburbana 0,15 pesos (antes 0,113) y en calle de pavimento 0,38 pesos (antes 0,290).
Por limpieza el valor para casa o negocio es de 37 pesos cuando la anterior ordenanza establecía 28,44 pesos y por barrido el valor nuevo es de 1,90 pesos cuando antes era de 1,46 pesos.
En el inciso C del artículo 2 la nueva Ordenanza Impositiva establece que se incorpore a la facturación del ABL un aporte por recolección de residuos domiciliarios inorgánicos con los que se hace el reciclado. Las residencias de hasta 20 metros lineales de frente pagan 4 pesos y las de más de 20 metros les corresponde 5 pesos; los comercios de hasta 10 metros 8 pesos y los de más de 20 metros 10 pesos; los terrenos baldíos 3 pesos y las industrias 20 pesos.
En lo que corresponde a la categoría que se contempla en la ley 10.740 que implica la facturación del alumbrado público a través de la empresa EDEN tienen un porcentaje de incremento de acuerdo al consumo y la actividad.
-Residencial con consumo de 0 a 80 kwh/mes 16,20 por ciento
- Residencial con consumo de más de 80 kwh/mes 30,60 por ciento
-Comercial 17,00 por ciento
-Industrial 5,00 por ciento
-Reparticiones del gobierno nacional y provincial 30,60 por ciento |
|
|
|