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10-05-2010
EXENCION IMPOSITIVA PARA LOS AFECTADOS POR EL TERRORISMO DE ESTADO
Entra en vigencia la ley provincial 13.940 que otorga exención en el pago del impuesto inmobiliario provincial.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia junto al ARBA y la Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia dieron inicio a la aplicación de la Ley Provincial Nº 13.940 que otorga exención impositiva a las personas contempladas en las leyes nacionales 24.043 y 25.014.

En una reunión que tuvo lugar en la sede central de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia, la secretaria de Derechos Humanos, Sara Derotier de Cobacho y el subsecretario de Derechos Humanos, Fernando Cano, junto al Director Ejecutivo de ARBA, Martín Di Bella y la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Marta Medici, acordaron aunar esfuerzos para dar inicio a lo establecido por la Ley Provincial 13.940.

La norma establece que las personas contempladas en las leyes nacionales 24.043 y 25.914 que sean propietarias, poseedoras o usufructuarias de una vivienda destinada al uso familiar y que la valuación fiscal no supere el monto que establezca la Ley impositiva, podrán quedar exentas del pago del impuesto inmobiliario provincial.

La Ley nacional 24.043 establece que el Estado Nacional debe indemnizar a las personas que estuvieron detenidas a disposición del Poder Ejecutivo o de Tribunales Militares durante la última dictadura y la Ley nacional 25.914 ordena otorgar una indemnización a aquellos hijos que hayan nacido en cautiverio o presenciado el secuestro de sus padres o que hayan compartido el cautiverio con ellos.

En el encuentro la Diputada Marta Medici, autora de la Ley, sostuvo: “Es una alegría el haber participado desde la Comisión que presido en la implementación de esta ley que contempla una reparación a las víctimas de los años más oscuros de nuestro país. Desde la Cámara sigo trabajando para promover y proteger a los DDHH en todo su dimensión”.

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