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18-03-2010 |
CONFLICTO DESPUES DE LA CLAUSURA |
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El propietario de Giu insiste en que la jueza de Faltas aplicó legislación derogada para clausurar su local. Los vecinos también hicieron una presentación. |
Otro capítulo se escribe de la situación que se dio entre uno de los propietarios del Bar Giu y la Jueza de Faltas. Ante la respuesta que se conoció de la funcionaria, hubo una réplica del abogado Gustavo Arabia que patrocina al dueño y a su vez es el propietario de Bragado Virtual.
En ese medio digital apareció un artículo en que señala que la Jueza de Faltas insiste en aplicar legislación derogada y juzgar conductas que son competencia de la justicia de Paz.
“La doctora Jorgelina Irurtía desconoce la vigencia de la reciente y polémica ley 14.050, sancionada por la legislatura bonaerense, y en vigencia desde noviembre de 2009, que reglamenta el funcionamiento de discotecas, restaurantes, cantinas, cervecerías, cafeterías, bares, casinos bingos y salas de juego. Esa normativa, que fija hasta las 4,30 el horario para vender bebidas alcohólicas, y las 5,30 para el cierre, derogó la 12.588 y toda norma que se le oponga, a la vez que dispuso que “las Municipalidades deberán adecuar sus reglamentaciones locales a las previsiones de esta Ley”. Además, estableció para el juzgamiento de las infracciones el procedimiento previsto en el Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley 8.031/73, conocido como de faltas policiales", se publica en Bragado Virtual.
“Sin embargo, la jueza no solo insiste en juzgar los horarios aplicando el procedimiento del Decreto Ley 8.751/77, sustrayéndole los casos al Juzgado de Paz de esa ciudad sino que también insiste -en nota al Concejo Deliberante, pero que difundieron los medios de prensa ayer- en aplicar la Ordenanza 965, sancionada en 1998, y un inconstitucional Decreto reglamentario por el cual se arroga facultades legislativas el intendente Leonel Zacca, del año 2.010, y que se opone a la letra y espíritu de la ley 14.050”, señala el sitio.
El medio revela que “desde hace unos meses, el conflicto se presenta con el bar y pizzería GIU, propiedad de los hermanos Ignacio y Andrés Arruvito, único cormecio clausurado por esa legislación local y para el que rige el horario de cierre a las 2 de la madrugada. Los restantes bares y la bailable Camila cierran sus puertas después de las 5,30 horas”.
A estas manifestaciones se suma que ante la presentación de un grupo de vecinos en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Mercedes se estableció una medida cautelar por la cual el Municipio debe controlar y fiscalizar que el local Giu funcione conforme a la actividad para la que fue habilitado y cumpla con la reglamentación vigente en cuanto a las obras de sonorización, nivel de decibeles y demás requisitos que hacen a la tolerancia normal de los ruidos molestos.
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