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18-03-2010
CONFLICTO DESPUES DE LA CLAUSURA
El propietario de Giu insiste en que la jueza de Faltas aplicó legislación derogada para clausurar su local. Los vecinos también hicieron una presentación.
Otro capítulo se escribe de la situación que se dio entre uno de los propietarios del Bar Giu y la Jueza de Faltas. Ante la respuesta que se conoció de la funcionaria, hubo una réplica del abogado Gustavo Arabia que patrocina al dueño y a su vez es el propietario de Bragado Virtual.

En ese medio digital apareció un artículo en que señala que la Jueza de Faltas insiste en aplicar legislación derogada y juzgar conductas que son competencia de la justicia de Paz.

“La doctora Jorgelina Irurtía desconoce la vigencia de la reciente y polémica ley 14.050, sancionada por la legislatura bonaerense, y en vigencia desde noviembre de 2009, que reglamenta el funcionamiento de discotecas, restaurantes, cantinas, cervecerías, cafeterías, bares, casinos bingos y salas de juego. Esa normativa, que fija hasta las 4,30 el horario para vender bebidas alcohólicas, y las 5,30 para el cierre, derogó la 12.588 y toda norma que se le oponga, a la vez que dispuso que “las Municipalidades deberán adecuar sus reglamentaciones locales a las previsiones de esta Ley”. Además, estableció para el juzgamiento de las infracciones el procedimiento previsto en el Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley 8.031/73, conocido como de faltas policiales", se publica en Bragado Virtual.

“Sin embargo, la jueza no solo insiste en juzgar los horarios aplicando el procedimiento del Decreto Ley 8.751/77, sustrayéndole los casos al Juzgado de Paz de esa ciudad sino que también insiste -en nota al Concejo Deliberante, pero que difundieron los medios de prensa ayer- en aplicar la Ordenanza 965, sancionada en 1998, y un inconstitucional Decreto reglamentario por el cual se arroga facultades legislativas el intendente Leonel Zacca, del año 2.010, y que se opone a la letra y espíritu de la ley 14.050”, señala el sitio.

El medio revela que “desde hace unos meses, el conflicto se presenta con el bar y pizzería GIU, propiedad de los hermanos Ignacio y Andrés Arruvito, único cormecio clausurado por esa legislación local y para el que rige el horario de cierre a las 2 de la madrugada. Los restantes bares y la bailable Camila cierran sus puertas después de las 5,30 horas”.

A estas manifestaciones se suma que ante la presentación de un grupo de vecinos en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Mercedes se estableció una medida cautelar por la cual el Municipio debe controlar y fiscalizar que el local Giu funcione conforme a la actividad para la que fue habilitado y cumpla con la reglamentación vigente en cuanto a las obras de sonorización, nivel de decibeles y demás requisitos que hacen a la tolerancia normal de los ruidos molestos.
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