ASAMBLEA DE LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN Y CONSUMO ELECTRICO DE PLA LIMITADA
PLA – ALBERTI – PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Cooperativa de Producción y Consumo Eléctrico de
Pla Limitada, convoca a los señores asociados a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que se efectuará el día 18 de julio de 2025, a las 19 horas, en la sede del Club Ciclón de Plá a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º) – Motivos por los cuales, se realiza la Asamblea General Ordinaria, fuera de los términos legales.
2º) – Consideración de la Memoria, Balance General, Estado de Pérdidas y Excedentes, Anexos, Cuadros
Complementarios e informe del Síndico del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024; ejercicio económico Nº 58
3º) – Proyecto de Distribución de Excedentes del ejercicio cerrado el 31/12/2024.
4º) – Elección de miembros del Consejo de Administración
Por TRES AÑOS:
- Consejero titular, en reemplazo del Presidente Sr. Juan Pablo Klein, quien cesa en su mandato.
- Consejero titular, en reemplazo del Secretario Sr. Mario Carmelo Cicocioppo, quien cesa en su mandato.
- Consejero titular, en reemplazo del Tesorero Sr. Marcelo Andrés Klein, quien cesa en su mandato.
Por UN AÑO:
- Cuatro Consejeros suplentes, en reemplazo de los vocales suplentes: Sr. Julio Carrettoni; Sr. Saul Longo; Sr. Raúl Santamaría y Sr. Roberto Fraccaro; quienes cesan en sus mandatos.
- Síndico Titular, en reemplazo del Sr. Fernando Leiva, quien cesa en su mandato.
- Síndico Suplente, en reemplazo del Sr. Alejandro Moll, quien cesa en su mandato.
- Designación por parte del Intendente Municipal, de un Delegado Municipal titular y Suplente, de acuerdo al Estatuto societario.
5º) – Designar dos asociados para firmar el Acta de Asamblea.
Rogamos a los señores asociados puntual asistencia y les saludamos con la mayor consideración.
MARIO CICOCIOPPO JUAN PABLO KLEIN
Secretario Presidente
Nota: La Asamblea se realizará válidamente, sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de
la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.
Art. 49º de la Ley 20.337.